Con la actualización del 15,56%, los topes de facturación se modificarían de la siguiente forma:
Categoría A: de $7.813.063,45 a $9.028.776,10
Categoría B: de $11.447.046,44 a $13.228.206,87
Categoría C: de $16.050.091,57 a $18.547.485,82
Categoría D: de $19.926.340,10 a $23.026.878,62
Categoría E: de $23.439.190,34 a $27.086.328,36
Categoría F: de $29.374.695,90 a $33.845.398,58
Categoría G: de $35.128.502,31 a $40.594.497,27
Categoría H: de $53.298.417,30 a $61.591.651,03
Categoría I: de $59.657.887,55 a $68.940.654,85
Categoría J: de $68.318.880,36 a $79.949.298,14
Categoría K: de $82.370.281,28 a $95.187.097,05
En cuanto a las cuotas mensuales, para la categoría A subirían de $32.221 a $37.237,85 y para la categoría B de $36.679 a $42.386,25.
ARCA habilitaría el trámite de recategorización semestral este martes 15 de julio. Esta gestión solo puede hacerse en dos períodos al año, enero y julio, en función de los ingresos y otros parámetros de actividad de los últimos 12 meses.
Si no se cumple con la declaración en el plazo establecido, ARCA podrá recategorizar de oficio al contribuyente y aplicar sanciones económicas.
Las multas podrían llegar al 50% del impuesto no ingresado, incluyendo el componente impositivo, previsional y de obra social.



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