El Ministerio de Salud, a través de la Dirección de Discapacidad, informa que, a partir de una resolución nacional, se reemplazó el término “Vencimiento” por “Actualización”. Además, ya no será necesario que la persona presente nuevamente todos los requisitos para la renovación del certificado.
En marzo de 2023 se dispuso que el Certificado Único de Discapacidad (CUD) dejaría de tener vencimiento, implementándose esta modalidad en etapas. Con la Resolución 1654/2024 publicada en el Boletín Oficial, se establecen los criterios a considerar para la emisión del documento sin vencimiento.
Según los considerandos de la norma, «el CUD se expedirá sin un plazo temporal determinado, estableciéndose instancias de actualización a lo largo de la vida de la persona con discapacidad, manteniendo plena vigencia y validez siempre que los criterios certificantes se mantengan».
La directora del área, Daniela Bustamante, destacó: “El beneficio es que, al momento de actualizar, no será necesario presentar todos los requisitos y estudios médicos solicitados inicialmente. Sin embargo, la actualización implica un tiempo prudencial y se considera la etapa evolutiva. Cuando certificamos de 0 a 100 años, tenemos en cuenta la franja etaria. Sabemos que, de 0 a 6 años, la discapacidad es una situación, no una condición ni característica inherente a la persona”.
Además, señaló: “Más allá de acreditar la discapacidad, el objetivo de la junta interdisciplinaria es determinar qué tipo de prestación corresponde a cada persona, ya sea intelectual, visual, visceral o motora, para poder superar las barreras sociales que enfrentamos”.
Finalmente, Bustamante explicó: “Hay muchas personas preocupadas y ansiosas por la próxima expiración de su certificado. Quiero transmitir tranquilidad: las vamos a acompañar y resolveremos todas las dudas. Es importante aclarar que el término ‘actualización’ no significa que no tendrán que renovarlo; deberán realizar un trámite sencillo para actualizar el certificado”.
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