
La Justicia decidió hacer lugar a la medida cautelar que había sido solicitada tras el Decreto 116/2025 – que buscaba transformar al Banco Nación en una Sociedad Anónima – y suspendió los efectos de dicha medida.
El fallo fue firmado por el juez Alejo Ramos Padilla e interrumpió las modificaciones por el plazo de al menos seis meses.
En el fallo, el magistrado consideró que cualquier modificación en la estructura jurídica del Banco Nación debe realizarse en el Congreso, ya que se trata de una entidad autárquica que fue creada a través de una ley.
De esta manera detalló: «El Banco de la Nación Argentina es una entidad cuya creación compete al Congreso Nacional. Por lo tanto, es este poder el único que puede revocar su carácter».
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