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ESTA SEMANA SE REGLAMENTA LA REFORMA LABORAL

ESTA SEMANA SE REGLAMENTA LA REFORMA LABORAL
admin
26/08/2024

El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, adelantó que la reforma laboral incluida en la Ley Bases entrará en vigencia esta semana. Cuáles son los cambios que comenzarán a regir.

FONDO DE CESE LABORAL.

 «Las relaciones laborales en Argentina tienen una carga muy pesada, especialmente en términos de incertidumbre y costos asociados al proceso de indemnización y despido. Esto aumenta considerablemente el costo laboral para las pymes y otras empresas”, dijo sobre el esquema actual. Para resaltar la importancia del nuevo fondo de cese, se refirió al caso de la UOCRA. «Existen industrias que han encontrado soluciones a este problema. Un ejemplo paradigmático es el de la UOCRA, que ha establecido un régimen laboral particular, en el que los trabajadores, tras finalizar una obra, deben trasladarse a otro proyecto.

AMPLIACION DEL PERIODO DE PRUEBA.

En los artículos 89 y 95 se propone extender a 6 meses el tiempo período de prueba que tienen los trabajadores en un nuevo puesto. Además, por convenio colectivo se puede ampliar hasta 8 meses en empresas de entre 6 y 100 trabajadores y hasta 1 año en empresas de menor tamaño (hasta 5 trabajadores). Durante ese tiempo, el trabajador puede ser despedido sin causa y sin indemnización por antigüedad.

NUEVAS CAUSA DE DESPIDO.

Se incorporan como motivo de despido de los trabajadores las diferentes acciones que pueda llevar a cabo en el marco de un conflicto colectivo en la empresa. Esto sería, por ejemplo, participar en bloqueos o tomas de establecimientos; obstrucción del ingreso o egreso al establecimiento y la afectación de de la libertad de trabajo de quienes no adhieran a la medida de fuerza.

Se incorporan también medidas que permiten que las relaciones laborales queden enmarcadas en otras formas distintas a la convencional relación de dependencia. Por ejemplo, contratar empleados bajo la modalidad de colaboradores o de contratos de locación. La ley excluye expresamente los contratos de obra, de servicios y de agencia de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), regulándolos en cambio por el Código Civil y Comercial. Esto limita la presunción de relación de dependencia, quedando sujeta a prueba en cada caso.

INDEMNIZACION ESPECIAL POR DESPIDO DISCRIMINATORIO.

La nueva legislación establece una indemnización adicional de entre un 50% y un 100% de la indemnización por antigüedad en casos de despido por motivos de discriminación. Este cambio elimina la posibilidad de que la Justicia ordene la reinstalación del trabajador en su puesto, limitándose la compensación a la indemnización monetaria.

LICENCIA POR EMBARAZO.

En la legislación vigente, la licencia por embarazo es de 90 días, 45 días antes del parto y 45 días con posterioridad. Sin embargo, la persona gestante puede optar por reducir la licencia previa al parto a 30 días -período a partir del cual rige la prohibición de trabajar- y acumular los días restantes al período posterior.

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