La Secretaría de Ambiente, a través de la Dirección de Saneamiento Ambiental, y en trabajo conjunto con el Juzgado de Faltas, recuerda a la comunidad la plena vigencia de la Ordenanza Municipal N° 3584, que PROHÍBE terminantemente el uso de pirotecnia sonora en todo el ámbito del departamento Chilecito.
Asimismo, se informa que se encuentra habilitado únicamente el uso de pirotecnia lumínica, tanto en eventos públicos como en celebraciones privadas y familiares.
Para garantizar el cumplimiento de esta normativa, ya se implementaron los controles correspondientes, con la facultad de clausurar y sancionar en los casos que sea necesario.
Se solicita a vecinos, comerciantes y organizadores de eventos colaborar y ser responsables, actuando con empatía y solidaridad hacia quienes se ven afectados por los estruendos y sonidos elevados:
🔹 Personas con TEA
🔹 Adultos mayores
🔹 Bebés y niños
🔹 Mascotas y fauna urbana
Cuidar el bienestar de todos es tarea de toda la comunidad.



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