Luego de aprobar el acuerdo Mercosur-Unión Europea, el oficialismo consiguió la media sanción en el Senado de la reforma de la actual Ley de Glaciares, que reestablece presupuestos mínimos para la protección del ambiente periglacial y que cada provincia pueda adecuar su legislación para ampliar las áreas de explotación minera.
La votación general, que finalizó 40 a favor y 31 en contra (1 abstención), estuvo atravesada por intereses locales que, ya sea desde una perspectiva de ambiental o bajo la influencia de inversiones mineras potenciales, se sobrepusieron a las posturas de los partidos.
Entre los respaldos al proyecto, además de la totalidad de La Libertad Avanza, estuvo la mayoría de la UCR (con excepción del bonaerense Abad y el pampeano Kronenberger) y un importante número del flamante interbloque Impulso País (menos la cordobesa Vigo, las chubutenses Terenzi y Cristina y la pampeana Huala).
Incluso una parte del peronismo acompañó el proyecto: dentro de las representaciones de las gobernaciones estuvo la jujeña Moisés, la tucumana Mendoza y el catamarqueño Andrada, mientras que del bloque mayoritario Justicialista el sanjuanino Uñac y la catamarqueña Corpacci votaron a favor de la iniciativa. La neuquina Corroza fue la única abstención, mientras que los oficialistas santacruceños siguen siéndoles esquivos al Gobierno nacional y votaron en contra, ahora resta el debate en Diputados.
En el debate en el recinto, los senadores libertarios reiteraron que la reforma fomenta a la inversión en las provincias e incluso el fueguino Agustín Coto definió como «un proyecto de chetos» a la legislación sancionada en el 2010.
En ese marco, se habla de que hay cinco proyectos mineros en etapa de evaluación que podrían aportar u$s30.000 millones, si se aprueba la ley.
Además de criticar que la redacción final se conoció a la hora de la votación imposibilitando su análisis exhaustivo, las observaciones opositoras se expresaron en alerta por el efecto que podría provocar la explotación minera en una provincia sobre el acceso hídrico en otra; por la libertad efectiva de fiscalización de las autoridades locales para determinar qué geoformas integrarán el ING; y por la inestabilidad jurídica que puede provocar los distintos criterios distritales al determinar sobre lo que se puede explotar.
Hubo dos cambios de último momento que flexibilizaron el esquema de autorizaciones para la explotación minera. Uno de ellos facultaba a Cancillería a intervenir en caso de zonas fronterizas (artículo 4°).
El otro le otorgaba la potestad a un Comité de Cuenca de fiscalizar cuencas interjurisdiccionales en caso de potencial impacto ambiental (artículo 6°).



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