El Gobierno promulgó el nuevo Régimen Penal Juvenil, una reforma que establece la responsabilidad penal desde los 14 años y crea un sistema específico de sanciones para adolescentes que cometan delitos antes de los 18.
La normativa quedó oficializada con la publicación de la ley 27.801 en el Boletín Oficial, diez días después de haber sido aprobada por el Senado, donde el proyecto impulsado por el presidente Javier Milei obtuvo 44 votos a favor, 27 en contra y una abstención.
El nuevo esquema regula el tratamiento penal para jóvenes de entre 14 y 18 años que estén imputados por delitos contemplados en el Código Penal o en leyes penales especiales.
Entre las herramientas previstas se incluyen programas educativos obligatorios, capacitación laboral, actividades deportivas, recreativas o culturales y cursos de formación ciudadana. También se contempla la posibilidad de tratamientos médicos o psicológicos y asistencia en servicios de salud acordes a la edad del adolescente.
El régimen establece además sanciones que podrán aplicar los jueces, como amonestaciones judiciales, restricciones para acercarse a la víctima, prohibición de asistir a determinados lugares o espectáculos, impedimentos para conducir vehículos y monitoreo electrónico.
Otra de las medidas previstas es la prestación de servicios comunitarios, que consiste en realizar tareas de interés social en hospitales, escuelas u organizaciones sin fines de lucro.
La normativa también contempla mecanismos de reparación del daño causado a la víctima.
En los casos en que corresponda una pena de prisión, la ley establece diferentes modalidades de cumplimiento, como detención domiciliaria, permanencia en institutos abiertos o alojamiento en centros especializados para adolescentes.
El texto dispone que los menores detenidos no podrán permanecer alojados junto a personas adultas y que los institutos deberán contar con personal capacitado para el tratamiento de jóvenes en conflicto con la ley penal.
El nuevo régimen también incorpora mecanismos destinados a evitar la continuidad del proceso penal en determinados casos, entre ellos la mediación penal juvenil, la aplicación de criterios de oportunidad por parte del fiscal y la suspensión del proceso a prueba.
La ley reconoce además derechos específicos para las víctimas, garantizando que puedan ser informadas sobre el avance de la causa, participar en el proceso y solicitar medidas de protección.
En los casos en que se determine responsabilidad por daños, el texto habilita la posibilidad de exigir responsabilidad civil a los padres o responsables legales del adolescente, según lo determine la sentencia judicial.
Por último, se establece que el Poder Ejecutivo nacional deberá supervisar la implementación del régimen y coordinar su aplicación con las jurisdicciones provinciales e invita a las provincias y a la Ciudad de Buenos Aires a adaptar su legislación al nuevo sistema.



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