Ejecutivo bajó de 21 a 18 años la edad mínima para ser legítimo portador de armas.
El Decreto 1081/2024, también publicado hoy, modifica la ley 20.429 de 1975 «a efectos de armonizar la legislación vigente», ya que según la normativa el Código Civil y Comercial establece que la mayoría de edad se alcanza a los 18 años.
Además de cumplir con el requisito etario, quienes deseen poseer un arma deberán estar aptos en términos psíquicos y físicos y acreditar ante la Policía identidad, domicilio real y origen de los ingresos personales.



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