Mediante el Decreto 883/2024, publicado hoy en el Boletín Oficial, el Ejecutivo modificó la estructura de funcionamiento para las empresas que operan con transporte automotor de pasajeros de mediana y larga distancia, que tendrán menos restricciones para «establecer libremente los recorridos, horarios, precios, modalidades y duración de los servicios que presten» y utilizar «todo vehículo que cumpla con los estándares en materia de seguridad establecidos».
La normativa crea un Registro Nacional del Transporte de pasajeros, que será de acceso público, sin costo y online, donde las empresas deberán informar los servicios disponibles.



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