El dia de hoy mediante el Decreto 1005/2024, publicado en el Boletín Oficial, se permite a cualquier empresa que se inscriba ante la autoridad de aplicación de manera «simple, electrónica y gratuita» ofrecer servicios postales, entre los que se incluyen «las cartas documentos, telegramas, comunicaciones fehacientes y giros postales».
Las firmas podrán fijar «con total libertad» la cantidad de empleados, los tipos de servicios prestados y los elementos que utilizarán a tal fin. También los precios quedarán librados a la voluntad de las partes.



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