El Gobierno nacional envió esta noche a la Cámara de Diputados el proyecto de Presupuesto 2027, hoja de ruta para el último año del mandato de Javier Milei en la Presidencia de la Nación.
Además de proyectar variables como la inflación, el dólar, el PBI y el resultado económico anual, también determina cambios en las partidas para áreas sensibles como discapacidad y universidades.
Respecto a las universidades, el Gobierno propone una partida de $7.3 billones para su funcionamiento, inversión y en gasto de programas especiales.
Desde las casas de estudios habían solicitado ese monto, pero para inicios del 2026, cuando el Ejecutivo propuso $4,8 billones. Este año, el gasto cerrará en torno a los $6 billones.
En el 96° Plenario de Rectoras y Rectores realizado en la Universidad Nacional de Río Negro (UNRN), el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) aprobó días atrás su proyecto de presupuesto universitario 2027 en el que manifestaron que necesitarán $11 billones para operar, cuatro más de los estimados por Nación.
La planilla fue enviada previamente a la Subsecretaría de Políticas Universitarias de la Nación y contrasta con el monto proyectado por el Gobierno nacional en el Presupuesto 2027, por lo que es de esperar que las universidades vuelvan a reclamar ante la Justicia por el cumplimiento de la ley de Financiamiento.
En materia discapacidad, la iniciativa contempla cambios fuertes. El más relevante apunta a la modificación de la Ley de Emergencia en Discapacidad.
En ese sentido fija la Pensión No Contributiva por invalidez laboral en 70% de la jubilación mínima y establece que será incompatible con un empleo formal o con estar inscripto en el régimen general o simplificado.
Por otro lado, contempla cambios en el esquema del nomenclador. Los valores dejarán de ser universales y cada ente obligado deberá determinarlos.
En el caso de Nación, se actualizarán trimestralmente y, si no se hace, se tomará el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que informa mes a mes el INDEC.
Finalmente, deroga los artículos 5, 8, 9 y 14 de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad Nº 27.793. El primero afecta directamente a la Pensión no Contributiva por Discapacidad para Protección Social.
Elimina también la garantía de acceso a un programa médico de atención y cobertura de salud a las personas que cuenten con una Pensión no Contributiva por Discapacidad para Protección Social.
Por último el artículo 14 establece actualmente que los valores de los aranceles del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad «serán iguales para todas las personas jurídicas obligadas por la presente ley» y serán determinados por el directorio del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad y actualizados conforme a lo dispuesto por el decreto del Poder Ejecutivo Nacional 274/24.



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