El ministro de Economía, Luis Caputo, presentará este miércoles en una conferencia de prensa el proyecto de Inocencia Fiscal II, que será enviado al Congreso para modificar el Régimen Simplificado de Declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias que administra la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
La iniciativa apunta a introducir cambios sobre la ley aprobada por el Congreso a comienzos de año, que reformó el Régimen Penal Tributario y creó un esquema simplificado para el pago de Ganancias.
Entre otras medidas, esa norma habilitó el uso de ahorros de hasta $100 millones sin sanciones fiscales para los contribuyentes alcanzados, siempre que no superen ingresos anuales de $1.000 millones ni un patrimonio de $10.000 millones.
El Gobierno propondrá eliminar los topes actualmente vigentes y permitir que los contribuyentes puedan rectificar sus declaraciones juradas para corregir inconsistencias sin quedar excluidos del régimen.
De esa manera, podrán conservar los beneficios siempre que regularicen su situación.Además, la iniciativa busca otorgar mayor previsibilidad al sistema, ya que ARCA solo podrá cuestionar una declaración jurada si demuestra, con información objetiva, la existencia de diferencias significativas.
También contempla la exención de determinadas multas para quienes hayan regularizado previamente ajustes en Ganancias o IVA y adhieran al régimen simplificado.
La ley vigente ya había elevado de manera considerable los montos mínimos para configurar delitos de evasión fiscal.
En el caso de la evasión simple, el umbral pasó de $1,5 millones a $100 millones, mientras que para la evasión agravada aumentó de $15 millones a $1.000 millones.
También se actualizaron los montos para otras conductas, como el uso de facturación apócrifa, la apropiación de impuestos retenidos o el aprovechamiento indebido de beneficios fiscales.
Otra de las disposiciones mantiene la posibilidad de que ARCA se abstenga de promover denuncias penales cuando el contribuyente regularice su situación antes del inicio de una causa judicial o cancele la deuda con sus intereses y recargos dentro de los plazos establecidos.
Asimismo, la reforma redujo a tres años el plazo de fiscalización para reclamar tributos omitidos, aplicar sanciones o impulsar denuncias vinculadas con operaciones no declaradas.Podrán acceder al régimen las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país que, durante los tres ejercicios fiscales considerados, hayan registrado ingresos de hasta $1.000 millones, un patrimonio de hasta $10.000 millones y no estén categorizadas por ARCA como grandes contribuyentes nacionales.
La decisión fue adoptada luego de nuevas reuniones entre el Ministerio de Economía, ARCA y los consejos profesionales de ciencias económicas, que venían reclamando más tiempo y cambios en el régimen simplificado por las dificultades operativas y los riesgos que implicaba para los contribuyentes.



Facebook
RSS