El Gobierno dispuso una nueva restricción sobre el Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM), creado en 2002 para regular la actividad.
A través del Decreto 812, firmado por el presidente Javier Milei, se modificó el marco vigente desde 2002 -que regula las funciones y atribuciones del organismo- y establece que el instituto no podrá adoptar medidas que afecten precios, competencia u oferta y demanda.
Hasta ahora, esa norma establecía que el INYM debía adoptar medidas para “facilitar el equilibrio entre la oferta y la demanda”.
Con el cambio aprobado, el organismo queda impedido de dictar normas o adoptar intervenciones que alteren los precios de mercado, limiten la competencia, generen barreras de entrada o interfieran en la libre interacción entre productores y comercializadores.
La medida también dispone la derogación de ciertos artículos del Decreto 1240, que otorgaban al organismo diversas facultades regulatorias, entre ellas la posibilidad de intervenir en precios o establecer límites a la producción.
El INYM tendrá 30 días para adaptar su normativa interna a las nuevas disposiciones.



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